“SE SOLICITA, SIN EXCEPCIÓN, QUE A PARTIR DEL 21/12 PARA REALIZAR CUALQUIER TRÁMITE SE DEBERÁ PRESENTAR EL PASAPORTE SANITARIO”.
Documentación a Presentar:
- Título de Propiedad: (ante la falta del título de propiedad, por excepción, deberá presentar "Certificado de Resguardo", si el título se hallará depositado en una institución de crédito que no lo facilita, acompañado de copia certificada del título original).
- Si se han recibido por sucesión: título original y declaratoria de herederos.
- Si el dominio del inmueble surge de varios títulos deben acompañarse TODOS ellos.
- Si el bien que consta en el título ha sido modificado por un plano de anexión, unificación, etc., deberá acompañar también dicho PLANO.
- LIBRETA DE FAMILIA CIVIL O CERTIFICADOS: deberá presentar certificados de nacimientos, matrimonio o libreta de matrimonio civil, a fin de acreditar el parentesco entre el/los titulares y quien/es fueren designados como beneficiarios.
- Constancia de CUIT, CUIL, CDI y DNI del o los titulares.
- Toda la documentación debe ser presentada en ORIGINAL Y FOTOCOPIA SIMPLE.
Requisitos para gestionar una inhumación:
Para gestionar una inhumación en San Justo o en Villegas se deberá presentar Título de Concesión Original además de la siguiente documentación:
- Licencia de inhumación o traslado.
- Fotocopia del documento del fallecido.
- Fotocopia del documento del arrendatario.
- Para el caso del fallecimiento del titular o los titulares, cuando con posterioridad un familiar solicite realizar una inhumación, deberá presentar la siguiente documentación:
- Certificado de defunción del o los titulares de la concesión.
- Documentación que acredite el vínculo con el concesionario (libreta o partida de matrimonio, partida de nacimiento).
(Este trámite puede realizarse durante el fin de semana en el cementerio o los días de semana en el Municipio).
- El titular, mediante la firma de un documento a 180 días, se compromete a efectuar la sucesión.
Requisitos para realizar una consesión:
- No poseer ningún lote en los Cementerios Municipales de San Justo o Villegas.
- Nota dirigida al Sr. Intendente Municipal, en hoja tamaño oficio solicitando la concesión de un lote para la construcción de un SEPULCRO o una BÓVEDA. (sin firmar)
- Presentar D.N.I. con domicilio en el Partido.
- Se deberá abonar al presentar la nota en mesa de entradas del Municipio un sellado de $292,00
- Cesionarios presentar C.U.I.L, C.U.I.T o C.D.I.
Valor Derecho de Concesión Villegas por 15 años
Derecho de concesión |
Medidas |
Valor |
Sepulcro |
2,60m x1,15m |
$6.335,00 el m2 |
Bóveda |
3,00 x 3,00m |
$6.497,00 el m2 |
Sellado del título |
------- |
$2.437,00 |
Valor Derecho de Concesión San Justo por 15 años
Derecho de concesión |
Medidas |
Valor |
Sepulcro |
2,60m x1,15m |
$6.782,00 el m2 |
Bóveda |
3,00 x 3,00m |
$7.679,00 el m2 |
Sellado del título |
------- |
$2.437,00 |
Importante: Para tramitar una inhumación, ya sea en bóvedas, sepulcros, nicheras o sepulturas concedidas, deberán estar abonados los Derechos de Conservación, Barrido y Limpieza de Pasillos, Calles y Veredas del cementerio que corresponda, desde el primer semestre del año 2000 al segundo de 2008. (Se deberá presentar originales y copias).
Cuáles son las tasas Correspondientes:
La Ordenanza impositiva estipula en su articulado las tasas que se abonarán por los siguientes conceptos:
Tasa |
Costo |
Inhumaciones en tierra |
$14,00 |
Depósito en pabellón transitorio: |
------ |
1) Hasta 10 días |
$14,00 |
2) Por mes |
$ 42,00 |
3) Restos por mes |
$10,00 |
Inhumaciones en nicho ataúd |
$56,00 |
Inhumaciones en bóvedas, sepulcros, etc. |
$60,00 |
Exhumación y/o reducción manual: |
------ |
1) Sepulturas |
$13,00 |
2) Panteones, sepulcros, nichos, etc. |
$64,00 |
Verificación del estado cadavérico para su reducción: |
------ |
1) Bóvedas, panteones, nichos, etc. |
$24,00 |
2) Sepulturas |
$9,00 |
Traslado dentro del cementerio: |
------ |
1) Ataúdes |
$16,00 |
2) Urnas |
$10,00 |
Por ingreso de ataúdes o urnas a lotes concesionados, provisoriamente o hasta la finalización de la misma, cuando el fallecido no guardare relación de consanguinidad o de afinidad hasta el segundo grado con el propietario de la misma: |
$150,00 |
Por exhumaciones de restos efectuadas por orden judicial, antes del tiempo previsto en la Ordenanza (4 años), para ser inhumado en otro cementerio: |
$380,00 |
Por arrendamientos de lotes sepulturas: San Justo Villegas |
$30,00
$20,00 |
Por arrendamientos renovación de nichos:
Nichos |
Urnas |
Ataúdes |
|
San Justo |
Villegas |
San Justo |
Villegas |
1° y 5° fila |
$104,00 |
$70,00 |
$234,00 |
$130,00 |
2° y 4° fila |
$117,00 |
$80,00 |
$260,00 |
$150,00 |
3° fila |
$130,00 |
$90,00 |
$286,00 |
$170,00 |
6° fila |
$91,00 |
$60,00 |
$208,00 |
$120,00 |
7° fila |
$78,00 |
------ |
------ |
------ |
8° fila |
$65,00 |
------ |
------ |
------ |
Estos valores son por arriendos de 5 años.
Por arriendo o renovación anual de nichos se abonará un 20% de la tasa por 5 años.
Nichos núcleos familiares (arriendo por 5 años).
Cantidad |
San Justo |
Villegas |
Hasta 2 ataúdes |
$465,00 |
$260,00 |
Hasta 2 urnas |
$234,00 |
------ |
Hasta 3 urnas |
------ |
$210,00 |
Derechos de conservación, limpieza y barrido para concesiones de lotes:
Tipo |
Costo |
Bóvedas, panteones o pabellones |
$48,00 |
Sepulcros o nicheras |
$24,00 |
Sepulturas |
$12,00 |
Pérdida de Ataúd
En este caso se deberá concurrir a la administración del cementerio que corresponda.
Lugares y horarios de Atención:
Deberá concurrir con los originales de la documentación anteriormente detallada a las siguientes dependencias:
- Lunes a viernes, de 8:30 hs a 13:30 hs. Dirección de Cementerios, sita en el Palacio Municipal, Almafuerte 3050, San Justo, (Concurrir únicamente cuando las inhumaciones se realicen en bóvedas, sepulcro, nicho o sepulturas concedidas y el titular o titulares estén fallecidos y el o los herederos soliciten realizar una inhumación. No se hacen compromisos sucesorios para traslados. Las renovaciones de nichos y sepulturas arrendadas se realizan únicamente en el cementerio.
- Sábados, domingos y feriados deberá presentarse en la administración del cementerio que corresponda.
Allí se autorizará la inhumación condicionada a la regularización de la titularidad en un plazo de 180 días. Vencido dicho lapso y si el causante no hubiera normalizado dicha situación, se actuará de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de la Ordenanza 13515.
Cementerio |
Horario de atención |
Horario de inhumación |
Cementerio de San Justo |
Lunes a sábados de 8:00 a 12:00 hs. Domingos y feriados de 8:00 a 11:00 hs. |
Lunes a sábados de 8:30 a 17:30 hs. Domingos y feriados de 8:30 a 13:00 hs. |
Cementerio de Villegas |
Lunes a viernes de 7:30 a 12:30 hs. Sábados, domingos y feriados de 8:00 a 12:30 hs. |
Lunes a sábados de 9:00 a 12:30 hs. y de 14:00 a 16:30 hs. Domingos y feriados de 9:00 a 12:30 hs. |
Mapa